En Chile existe un seguro escolar que cubre a todos los alumnos desde el nivel de sala cuna, jardines infantiles, enseñanza básica, media, técnica y de educación superior de todos establecimientos educacionales que dependen del Estado y particulares, reconocidos por el Ministerio de Educación. Sus alcances, cobertura, la manera de hacerlo efectivo y las circunstancias en que aplica, son datos fundamentales que muchos padres y apoderados desconocen.
Antes que todo, es fundamental saber que los alumnos están asegurados desde el instante en que se matriculan. La cobertura sólo se suspende durante las vacaciones. Este seguro cubre también el régimen de internado y a los estudiantes que excepcionalmente deban dormir fuera de su residencia habitual bajo la responsabilidad del establecimiento educacional, como los paseos de curso y giras de estudios.
Es así como los estudiantes están protegidos en caso de sufrir un accidente a causa -o con ocasión- de sus estudios o práctica profesional; incluyendo el trayecto directo, de ida o regreso, entre su casa y el colegio o su lugar de práctica. Se exceptúan los accidentes producidos intencionalmente por la víctima como por ejemplo las riñas o auto infringirse alguna lesión y también los ocurridos por fuerza mayor extraña como un terremoto.
El alumno beneficiado tiene atención médica gratuita que incluye hospitalización, atención quirúrgica y dental, medicamentos y productos farmacéuticos, prótesis y aparatos ortopédicos (y su reparación) y rehabilitación física. También cubre los traslados y cualquier otro gasto que sea necesario para el otorgamiento de las prestaciones mencionadas. La cobertura dura hasta que se cure completamente, aunque es fundamental recalcar que para mantener el beneficio, el alumno está obligado a someterse a los tratamientos médicos que se prescriban para su rehabilitación.
Cuando el accidente causa que el estudiante pierda su futura capacidad para trabajar, este seguro le da derecho a una pensión que varía de acuerdo al grado de invalidez. Asimismo, es importante subrayar que si el alumno pierde, en algún grado, su capacidad de estudio, tiene derecho a recibir educación gratuita de parte del Estado. Todo accidente escolar debe ser informado al Servicio de Salud por el jefe del establecimiento educacional, aunque también puede hacerlo la víctima, el apoderado o incluso algún testigo.
(Claudio Angulo Torres Jefe de carrera Prevención de Riesgos, Santo Tomás Osorno)
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